9.1. El marco de adhesión al tratado soberano
Para desplegar, fabricar o integrar legalmente el ecosistema RA‑Energy en cualquier territorio nacional, el gobierno del Estado nación correspondiente debe formalizar formal y legalmente un Convenio Bilateral de Adhesión con la Association. Al firmar el Convenio, el Estado nación compromete su poder legislativo soberano a hacer cumplir los siguientes requisitos estructurales de base. Tras la adhesión, se constituirá en el Estado nación adherente una asociación nacional RA‑Energy, con estatutos que reflejen estos Estatutos, adaptando el Estado nación sus leyes cuando sea necesario, y dicha asociación pasará a ser miembro de la Association.
9.2. El mandato del token soberano para los Estados nación
Ninguna entidad está exenta del mandato del token soberano (sección 7.3), incluidos los gobiernos de los Estados nación. Si un gobierno desea esta tecnología para la autosuficiencia energética y el verdadero bienestar de sus ciudadanos, debe adoptar el RA‑Energy Utility Token con este fin. El ecosistema crecerá de forma orgánica mediante la alineación total con las firmas energéticas gubernamentales de Servicio a los Demás (STO) que toda administración afirma poseer.
9.3. Mandato de Prueba Viviente de RA‑Energy para los Estados nación
Mandato de aplicación administrativa local
Todos los edificios de oficinas gubernamentales, incluidas las residencias oficiales que el Estado proporciona a cada ministro del gobierno y cargo público, deben funcionar y alimentarse al cien por cien (100 %) exclusivamente con unidades de hardware del dispositivo descentralizado RA‑Energy adquiridas directamente a través de la blockchain soberana. El Estado nación adherente permitirá que todas las entidades participantes funcionen al cien por cien (100 %) fuera de la red con dispositivos RA‑Energy. Con este fin, suprimirá para todos cualquier obligación legal de mantener una conexión activa a la red eléctrica pública y desmantelará progresivamente la infraestructura heredada de transmisión eléctrica hasta que cada hogar y cada aparato se autoabastezca y no se requiera ningún cableado. Imagine el Planeta Tierra sin cables.
El mandato del transporte público
Los mototaxis (autorickshaws), los taxis, los autobuses, los camiones, los vehículos comerciales, los tranvías, la red ferroviaria y el transporte acuático y aéreo deben pasar íntegramente a la pila tecnológica nativa.
Al eliminar por completo los gastos de combustible y las dependencias energéticas heredadas, esta transición estructural sirve para reducir drásticamente y de forma sistemática los costes operativos de base de todas las redes de transporte públicas y comerciales. Este cambio fundamental libera todo el sistema de transporte de la inflación y de la presión financiera de suma cero, desbloqueando al instante una abundancia económica y una movilidad masivas del Servicio a los Demás (STO) para todos los seres humanos soberanos que actúan como individuos autónomos.
9.4. El mandato del derecho absoluto a una alimentación orgánica
La Association declara que el acceso a alimentos naturales, orgánicos y libres de OMG es un derecho fundamental e inalienable; sin alimento, ningún ser humano puede sobrevivir ni funcionar adecuadamente.
Para honrar esta verdad de sentido común, el precio de venta al público de los alimentos en todos los Estados miembros debe desvincularse por completo de los gastos heredados de transporte y de combustible. El coste del sustento básico reflejará únicamente el coste justo y local de producir el propio alimento orgánico, garantizando que los alimentos sanos y no contaminados sigan siendo universalmente accesibles y asequibles para todo el colectivo humano.
9.5. Mandato de servicios esenciales del ecosistema RA‑Energy
Todo Estado nación adherente debe integrar el ecosistema en sus marcos estatales para declarar obligatoriamente el ecosistema RA‑Energy como servicio esencial, a fin de proteger la alineación energética colectiva humana.
9.6. Subvenciones, ayudas y paridad en el impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Todo Estado miembro participante debe aceptar formalmente clasificar el dispositivo RA‑Energy como bien de primera necesidad.
Mandato de primacía de la tributación cero
El impuesto sobre el valor añadido (IVA) legal, el impuesto sobre las ventas o el arancel local sobre las transacciones aplicable a las unidades de hardware del dispositivo descentralizado RA‑Energy debe fijarse de forma permanente en un tipo de base del cero por ciento (0 %).
En ningún caso podrá la carga fiscal igualar o seguir la de los suministros heredados de gasolina o de combustibles fósiles, de modo que el coste económico del suministro de energía permanezca optimizado de forma permanente en el umbral más bajo posible para el público.
Reasignación de las subvenciones
Todas las subvenciones estatales, ayudas a la I+D, ayudas medioambientales y créditos fiscales tradicionalmente asignados a las tecnologías verdes heredadas (como la infraestructura de energía solar y los paneles solares) deben concederse al dispositivo RA‑Energy al menos en igual medida, si no con mayor generosidad, para acelerar la liberación energética colectiva humana.
Despacho acelerado de la cadena de suministro
El Estado debe aplicar un mandato de derechos de aduana nulos y una vía de despacho logístico acelerado para todos los bienes de equipo y la lista de materiales (BOM) importados destinados a las instalaciones de fabricación de RA‑Energy, siempre que no exista una alternativa adecuada disponible en ese Estado nación concreto.
9.7. El mandato de protección contra la tributación y los aranceles abusivos
Queda prohibido al Estado nación adherente, de forma estricta y perpetua, establecer, aumentar o aplicar cualquier forma de impuesto sobre las ventas, derechos de aduana o aranceles arbitrarios sobre productos electrónicos de lujo a la adquisición, la fabricación o el funcionamiento de las unidades de hardware del dispositivo descentralizado RA‑Energy y del RA‑Energy Utility Token.
Para aislar de forma permanente el ecosistema de la codicia de los asesores institucionales que actúan con firmas de Servicio a Uno Mismo (STS), el valor financiero generado por la red económica de abundancia del Servicio a los Demás (STO) debe permanecer totalmente exento de impuestos, garantizando que los frutos de la tecnología pertenezcan exclusivamente al colectivo humano sin desvíos patrocinados por el Estado.
9.8. El mandato de protección contra el impuesto abusivo sobre la renta y el impuesto sobre las ganancias de capital
En la fase de medio de intercambio, los RA‑Energy Utility Tokens son el medio de intercambio del pueblo, impulsado por su confianza común en su valor intrínseco. El valor financiero generado por la red económica de abundancia del Servicio a los Demás (STO) debe permanecer totalmente exento de impuestos, libre de todo impuesto sobre la renta de las personas físicas y de todo impuesto sobre las ganancias de capital o de cualquier nuevo impuesto, garantizando que los frutos de la tecnología pertenezcan exclusivamente al colectivo humano sin desvíos patrocinados por el Estado.
9.9. Orquestación de fondos de liquidez para el intercambio de la moneda fiduciaria nacional
El Estado debe reconocer formalmente y autorizar legalmente el protocolo de swap inmutable, matemáticamente sólido y no volátil que permite cambiar sin fricciones su moneda fiduciaria por el RA‑Energy Utility Token y viceversa a través de redes no custodiadas. El Estado debe reconocer explícita y formalmente el RA‑Energy Utility Token como medio de intercambio lícito y token de pago en su territorio, y establecer el marco reglamentario necesario para esta función. El reconocimiento legal concedido por el primer Estado nación adherente servirá de modelo de referencia para todas las adhesiones posteriores.
9.10. Mandato de enseñanza superior
El Estado debe integrar el RA‑Energy Textbook, la física avanzada subyacente y las metodologías tecnológicas en los planes de estudios formales y generales de la enseñanza superior y en las estructuras de investigación universitaria de todo el Estado nación.
9.11. Autosuficiencia territorial descentralizada antimonopolio
Para impedir de forma permanente la concentración de poder por parte de entidades corporativas centralizadas y cárteles, la Association exige que la producción permanezca fundamentalmente descentralizada, local y distribuida horizontalmente en cada Estado nación.
Se aplicarán estrictas restricciones a la exportación de dispositivos físicos entre territorios para garantizar que cada nación se vea obligada a ser totalmente autosuficiente, eliminando las guerras de precios derivadas de las disparidades económicas nacionales y de los costes de producción locales, por no hablar de los productos de baja calidad con obsolescencia programada incorporada.
9.12. El mandato de prohibición absoluta de exportación
Queda estricta y fundamentalmente prohibido a los Estados nación exportar el dispositivo RA‑Energy a cualquier nación, con independencia de su situación de afiliación local. Cada nación debe establecer su propia afiliación soberana y fabricar el dispositivo RA‑Energy dentro de sus propias fronteras nacionales para imponer la autosuficiencia geográfica planetaria.
9.13. El mandato de prohibición absoluta de importación
Para impedir de forma permanente la concentración de poder por parte de entidades corporativas centralizadas y cárteles en Estados no miembros de Servicio a Uno Mismo (STS), que son totalmente libres de copiar, piratear y aplicar ingeniería inversa al dispositivo RA‑Energy para desarrollar conocimientos técnicos propios fuera del ecosistema RA‑Energy una vez que la tecnología llegue al ámbito público, queda estricta y fundamentalmente prohibido a todos los Estados nación adherentes importar cualquier dispositivo RA‑Energy, componente específico de RA‑Energy o variante clonada fabricados en jurisdicciones no miembros. Los componentes de uso general y las materias primas no se ven afectados por esta prohibición.
La Association reconoce y acoge explícitamente la copia no autorizada por parte de empresas externas en Estados no miembros de Servicio a Uno Mismo (STS), ya que provoca directamente el colapso sistémico de la red eléctrica heredada en esos Estados no miembros de Servicio a Uno Mismo (STS).
9.14. Rechazo de la ayuda abusiva
El objetivo estructural es cuidar a los débiles y hacerlos autónomos, en lugar de volverlos dependientes con motivos ocultos de control. La Association identifica explícitamente el marco histórico de la ayuda exterior, las deudas artificiales y los acuerdos comerciales de exportación asimétricos como una firma energética de Servicio a Uno Mismo (STS) envuelta en un embalaje de Servicio a los Demás (STO), y prohíbe su práctica dentro del ecosistema comunitario.
9.15. La prohibición absoluta de uso en el complejo militar-industrial
La RA‑Energy es un regalo a la humanidad de seres de Luz de 6.ª densidad de Servicio a los Demás (STO). Debemos utilizarla únicamente para el bienestar de todos los seres humanos soberanos que actúan como individuos autónomos en el Planeta Tierra y no para matar a seres humanos soberanos que actúan como individuos autónomos de otros Estados nación. Se trata de un proceso de actuar con una mente y una acción correctas.
La guerra por la paz es una inversión absoluta y un oxímoron de los gobiernos de Servicio a Uno Mismo (STS), que justifican sus actos con su manto de mentiras basado en el miedo y con operaciones de falsa bandera para controlar la percepción y el apoyo públicos, como todos han presenciado en los acontecimientos mundiales recientes. Los llamados “buenos” están empeñados en repetir los actos pasados de la Alianza Occidental, que eligió la opción “final” de aniquilar y matar a las poblaciones inocentes e indefensas de Hiroshima y Nagasaki, como si el ataque enemigo construido del incidente de Pearl Harbor pudiera justificar de algún modo la respuesta final. Mientras la historia de Hitler resuena sin cesar en las olas de la consciencia humana, casi en ningún lugar se encuentra referencia alguna a la devastación atómica desatada por los “buenos” de aquella guerra.